Posicionamiento de Fundación Ingenio sobre la orden por la que se regula el sello de agricultura sostenible verificada
- La Consejería de Agricultura ha creado una certificación, similar a muchas de las voluntarias e implantadas en el sector, que pretende certificar una Ley obligatoria (Ley 3/2020 de recuperación y protección del Mar Menor) y que, además, según nuestro criterio, contiene puntos carentes de concreción y difícilmente interpretables.
- La Consejería actuaría como organismo de certificación y por tanto, las no conformidades surgidas en la implantación de este sello tendrían repercusiones importantes con sanciones económicas y administrativas severas, más allá de los que concierne a este sello de calidad. Hay que tener en cuenta en este punto que la Ley 3/2020, que se quiere hacer cumplir, dispone de un régimen sancionador propio con sanciones en ocasiones, a nuestro criterio, desproporcionadas al tipo y gravedad de la infracción.
- Esta certificación carece de estructura y de los órganos existentes en el resto de los sellos y certificaciones como son; comité de certificación, comité técnico, comité de normalización, las normas de uso del sello, etc., lo que pone en duda la independencia y transparencia de los procedimientos de implantación del sello.
- Además, aunque la implantación de este sello tiene carácter voluntario, al tratarse del cumplimiento de una ley, creemos que pierde totalmente el concepto de voluntariedad, por lo que se traduce en una exigencia más, también económica, para los productores unida a otras dos figuras, incluidas en la ley, como son las entidades de inspección privadas (ECARM) y el operador agroambiental.
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